La ley que prohíbe en Colombia la experimentación, importación, fabricación y comercialización de productos cosméticos en pruebas con animales fue sancionada por el presidente Iván Duque y empezará a regir a partir del cuarto año después de la sanción y promulgación, derogando todas las normas contrarias anteriormente dispuestas.
Según la ley las personas jurídicas o naturales que violen la prohibición deben ser sancionados por el INVIMA y las multas van desde 133 a 50 mil salarios mínimos legales mensuales vigentes y serán a favor del tesoro nacional.
Por otro lado se hará una excepción cuando un ingrediente deba someterse a pruebas de seguridad, si se debe a riesgos de salud o en caso de que no exista otra alternativa validada por la comunidad científica internacional se gestionará.