Solicitud de nulidad de inscripción o demanda electoral son las dos figuras contra aspirantes que se inscriban sabiendo de una eventual inhabilidad.
Candidato que se inscriba a elección de cargos públicos para las votaciones del domingo 27 de octubre próximo, conociendo que ha sido sancionado Disciplinariamente o condenado a prisión así no haya quedado en firme el fallo, estará impedido para ser Alcalde, gobernador o miembro de corporaciones como Asamblea departamental o concejo municipal.
El abogado, Saúl Villar, especialista en presentar demandas electorales y pérdidas de investidura, señaló que la modificación de la norma, advierte cuales son los delitos electorales y quienes podrían incurrir en inhabilidades.
Entre ellos, quienes sabiendo que han sido condenados a prisión pero que el fallo está en apelación.
Así mismo recordó que son aproximadamente once delitos que dan cárcel entre 4 a 8 años de prisión.
Entre ellos, la perturbación electoral, constreñimiento al elector, trasteo de votos o falsa inscripción de cédulas, la mora en entrega de documentos, candidatos inhabilitados y otros.