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Restricción de parrillero hombre en Villavicencio

A partir del martes 14 de diciembre a las 00:00 a.m. y hasta las 23:59 p.m. del 03 de enero de 2022 estará prohibida la movilización de pasajero en moto.

Esta restricción aplica para los hombres entre 12 y 65 años de edad.

Excepciones de la medida:

  1. Las motocicletas que estén registradas como vehículos de enseñanza.
  2. Las motocicletas que estén registradas como vehículos para transporte de personas en condición de discapacidad.
  3. Las motocicletas utilizadas por las empresas que prestan servicios públicos domiciliarios, las empresas de telecomunicaciones de redes fijas
    o inalámbricas, las empresas de televisión por suscripción, y los medios de comunicación con su debida identificación.
  4. Las motocicletas utilizadas por personal de seguridad privada que se encuentren
    en ejercicio de sus funciones, cuyos ocupantes deberán portar las correspondientes identificaciones oficiales.
  5. Las motocicletas pertenecientes a la
    fuerza pública, organismos de seguridad del Estado, Policía Judicial, autoridades de tránsito y transporte, organismos de emergencia y socorro, prevención y salud.
  6. Las motocicletas de escoltas de funcionarios del orden nacional, departamental y municipal debidamente identificados.
  7. Las motocicletas eléctricas.

Se permitirá el tránsito y circulación de motocicletas con conductor y acompañante entre los municipios de Villavicencio y Acacías, Restrepo, Puerto López y Bogotá D.C.