Padres que no paguen cuota alimentaria de sus hijos quedarán reportados en su propio «datacrédito»
Entre las sanciones el deudor alimentario moroso se establece que no podrá contratar con el Estado hasta que se ponga al día.
El presidente Iván Duque sancionó la Ley Estatutaria 2097 del 2 de julio de 2021, la cual crea el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, en el que las personas que adeuden a partir de tres cuotas alimentarias, sucesivas o no, entrarán a formar parte de dicho registro.
La medida, en términos coloquiales, es considerada como una especie de ‘datacrédito’ para los padres que no cumplan con las responsabilidades establecidas.
La ley aclara que está va para quienes incumplan con las medidas establecidas en sentencias ejecutoriadas, acuerdos de conciliación o cualquier título ejecutivo que contenga obligaciones de carácter alimentario.
“hacer público el registro de quienes han violado los compromisos de alimentos, también es importante para poner en el escarnio público a quien no quiere cumplir su responsabilidad con sus hijos”, expresó el presidente Iván Duque».