Los ciudadanos remisos que quieran beneficiarse del Régimen de Transición que tendrá vigencia hasta el próximo 27 de diciembre, de acuerdo con un comunicado del Ejército Nacional, deberán cumplir con los siguientes requisitos:
- Ciudadanos que realizaron el proceso de inscripción extemporáneamente en vigencia de la Ley 48 de 1993 y hasta antes del 3 de agosto de 2017.
- Ciudadanos citados y que no asistieron a la primera evaluación de aptitud psicofísica en vigencia de la Ley 48 de 1993 y hasta el 3 de agosto de 2017.
- Ciudadanos aptos que habiendo sido citados a concentración para incorporación no se presentaron a la fecha, lugar y hora indicada por el servicio de Reclutamiento y Movilización (Remisos).
- Ciudadanos mayores de edad, que fueron aplazados por estar cursando estudios de bachillerato y no se presentaron a definir su situación militar, una vez obtuvieron su título de bachiller a partir de la vigencia de la Ley 1861 de 2017.
Además de la calidad de infractor con o sin multa, el ciudadano remiso debe demostrar ante las autoridades que se encuentra en una o más de las causales de exoneración dispuestas en el artículo 12 de la Ley 1861 de 2017, como ser hijo único, huérfano o tener padres incapacitados, entre otros, o ser ciudadano infractor mayor de 24 años de edad, añadió el Ejército.
Los beneficios que establece la Ley de amnistía consisten en la condonación total en el pago de las multas y del total en el pago de la Cuota de Compensación Militar, por lo que el ciudadano solo deberá cancelar los costos de la elaboración de la tarjeta militar correspondiente al 15 % del SMLMV, es decir 132.000 pesos.