El proceso de registro de inmueble debe adelantarse tras realizar la compra del mismo. No realizar dicho registro a tiempo, puede denerarle inconvenientes a futuro, como cobro de intereses y otras dificultades.
- Para hacerlo, tiene un plazo de 60 días después de su compra.
2. Puntos de atención:
- Mezzanine de la Gobernación del Meta.
- Celular: 312 457 8881
- Correo: vur@meta.gov.co
También puede consultar sobre este impuesto en la página web www.meta.gov.co.