Acatando lo dispuesto por el Ministerio de Transporte en el Decreto 482 de 2020, la Secretaría de Movilidad de Villavicencio, expidió la Resolución 111 de 2020, mediante la cual suspendió de manera obligatoria, desde la declaratoria de emergencia decretada por el Gobierno Nacional, los términos y los trámites de los procedimientos que se llevan a cabo ante esta dependencia.
El titular de Movilidad, Eder Muñoz, explicó que dicha suspensión aplica para todos los trámites, incluyendo los de tránsito adelantados ante el Consorcio Sertravi. En cuanto al pago de los comparendos impuestos a partir del 17 de marzo, se congelarán los términos o plazos para que las personas, luego de culminada la declaratoria de emergencia, por parte del Gobierno Nacional, puedan acceder a los descuentos para el pago de los impuestos en dicho periodo de tiempo.
“Los trámites que realizamos, la gran mayoría son presenciales, por esta razón la expedición y copias de licencias, la matrícula de vehículos, traspasos y el pago de comparendos, entre otros, no podrán efectuarse durante este periodo de calamidad nacional” indicó el Secretario.
Debido a la necesidad de efectuar el control en vía los agentes sí continuarán realizando su labor, por el cumplimiento de las directrices decretadas por el Gobierno Nacional para el transito durante el aislamiento obligatorio.
En cuanto a los conductores que se les vencieron los documentos como licencia de conducción y el certificado de la revisión técnico-mecánica del vehículo con fecha posterior al 17 de marzo, no recibirán sanciones por parte las autoridades, debido a que no se pueden efectuar estos dos trámites.
“Esta medida es únicamente para los vencimientos de estos dos documentos después de esta fecha, los que lo tenían vencido desde antes del 17 de marzo, no deberán ni conducir, ni sacar su vehículo sin el certificado técnico-mecánico, pues sí serán sancionados; igualmente pasará con aquellos conductores que tengan el SOAT vencido de sus vehículos, ya que este se puede adquirir en línea, establecimientos de comercio y estaciones de servicio” afirmó Eder Muñoz.
Igualmente, la Secretaría de Movilidad municipal, respalda la decisión, impartida en dicho decreto del Ministerio de Transporte, la cual indica que el servicio de taxi se podrá ofrecer únicamente vía telefónica o por plataforma y que además, éstos vehículos deben portar los documentos que soportan la operación, es decir deben llevar en un lugar visible la tarjeta de control, la cual deber estar vigente.
Reiteró el funcionario que, una vez culmine el estado de emergencia nacional, se iniciará el conteo de los términos nuevamente para todos los trámites anteriormente mencionados.