El Tribunal Administrativo de Cundinamarca multó a la constructora brasileña Odebrecht con 800.000 millones de pesos y la inhabilitó por 10 años para celebrar contratos con entidades oficiales como consecuencia de los actos de corrupción en los que se vio implicada en Colombia.
Con esta decisión el tribunal acogió la solicitud hecha por el procurador general, Fernando Carrillo, para «proteger la moralidad administrativa y la defensa del patrimonio público» frente a Odebrecht.
Al respecto, el magistrado Luis Manuel Lasso Lozano, explicó en Mañanas BLU que la indemnización de 800.000 millones de pesos es una condena solidaria, lo que significa que la Nación podrá reclamar la totalidad de la condena a cualquiera de los involucrados.
“Esa determinación que toma el tribunal, que es a título de indemnización tiene responsables, de manera solidaria, a las sociedades Odebrecht, EPISOL, el Grupo Solarte y la concesionaria Ruta del Sol, así como a tres personas, nacionales y extranjeras”, explicó.
El magistrado también aclaró que ni Odebrecht ni Episol y ni los Solarte no podrán contratar con el Estado durante 10 años.
“También para las sociedades Solarte y para las dos sociedades Odebrecht involucradas. La razón es la siguiente: si bien Solarte no está involucrada de manera directa en los sobornos lo cierto es que hay una figura de la Ley 80 del 93, que es la ley de contratación del Estado, conforme a la cual hay una responsabilidad solidaria de los socios por las actuaciones de quienes integran la sociedad y la sociedad misma, que en este caso es la sociedad Ruta del Sol”, explicó.
Además, dijo que la condena no alcanza a Corficolombiana porque no tenía la condición de socia de la Ruta del Sol.
En la decisión, la corte ordenó el embargo de las cuentas bancarias y los dividendos obtenidos por las sociedades Concesionaria Ruta del Sol S.A.S, Constructora Norberto Odebrecht S.A., Odebrecht Latinvest Colombia S.A.S., Estudios y Proyectos del Sol S.A.S.-Episol S.A.S., CCS Costructores S.A., y seis personas naturales.
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