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En Colombia se puede abortar hasta la semana 24 de gestación

 

Así lo decidió hoy la Corte Constitucional.

El aborto solo será punible cuando se realice después de la vigésimo cuarta semana de gestación, sentenció hoy la Corte Constitucional con ponencia de los magistrados Antonio José Lizarazo y Alberto Rojas Ríos.

La decisión es la respuesta a la demandada que atacaba el artículo 122 del Código Penal (Ley 599 de 2000) relacionado con la descripción típica del delito de aborto.

En una sentencia previa, la C-355 de 2006, la Corte Constitucional había fijado 3 causales para permitir el aborto:
1. Cuando la continuación del embarazo constituya peligro para la vida o la salud de la mujer, certificada por un médico;
2. Cuando exista grave malformación del feto que haga inviable su vida, certificada por un médico;
3. Cuando el embarazo sea el resultado de una conducta, debidamente denunciada, constitutiva de acceso carnal o acto sexual sin consentimiento, abusivo o de inseminación artificial o transferencia de óvulo fecundado no consentidas, o de incesto.

Este límite de las 24 semanas para permitir el aborto no será aplicable a las tres condiciones fijadas en la Sentencia C-355 de 2006.
La Corte exhortó al Congreso de la República y al Gobierno Nacional para que, sin perjuicio del cumplimiento inmediato de esta sentencia y, en el menor tiempo posible, formulen e implementen una política pública integral que evite los amplios márgenes de desprotección para la dignidad y los derechos de las mujeres gestantes y, a su vez, proteja el bien jurídico de la vida en gestación sin afectar tales garantías.
Esta política debe contener, como mínimo:
• La divulgación clara de las opciones disponibles para la mujer gestante durante y después del embarazo.
• La eliminación de cualquier obstáculo para el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos.
• La existencia de instrumentos de prevención del embarazo y planificación.
• El desarrollo de programas de educación en materia de educación sexual y reproductiva para todas las personas.
• Medidas de acompañamiento a las madres gestantes que incluyan opciones de adopción, entre otras.
• Medidas que garanticen los derechos de los nacidos en circunstancias de gestantes que desearon abortar.
Salvaron voto las magistradas Cristina Pardo Schlesinger, Paola Andrea Meneses, Gloria Stella Ortiz Delgado y el magistrado Jorge Enrique Ibáñez. Aclararon voto los magistrados Alberto Rojas Ríos y Diana Fajardo Rivera y el conjuez Julio Andrés Ossa. Reserva de aclaración de voto: magistrado José Fernando Reyes.