La Corte Constitucional señaló que el cambio de nombre tenía que hacerse con una reforma a la Constitución.
La Corte Constitucional revocó la decisión de renombrar la Fuerza Aérea Colombiana como Fuerza Aeroespacial Colombiana, después de evaluar un desafío legal contra esta medida. La sala plena argumentó que el cambio violaba la Constitución del país, ya que el nombre original de la institución está explícitamente definido la carta del 91 y, por tanto, una ley ordinaria no tiene la facultad de alterar dicha designación.
El punto de discordia se encontró en el artículo 5 de la Ley 2302 de 2023, que había sido aprobado con el fin de actualizar las competencias y el alcance de la Fuerza Aérea, adaptándolo a las necesidades contemporáneas de seguridad y defensa en el ámbito espacial.
Sin embargo, la Sala Plena de la Corte Constitucional determinó que esta acción contravenía los artículos 4 y 217 de la Constitución Colombiana, los cuales establecen la supremacía de la norma constitucional y definen la composición de las fuerzas militares del país, respectivamente.
Mediante la Sentencia C-080-2024, el cambio de nombre fue declarado inconstitucional, subrayando la limitación del legislativo para modificar la identidad de instituciones descritas en la Constitución.