La Corte Constitucional declaró exequible la ley que crea un registro de deudores morosos de cuotas alimentarias y contempla consecuencias para los reportados.
La promotora de la iniciativa, la senadora Maritza Martínez, del Partido de la U, dijo a Semana que se le compara con un ‘datacrédito‘ pues funcionará como “una base de datos en donde se van a reportar padres o madres que no han cumplido hasta 3 cuotas alimentarias“, no necesariamente sucesivas.
La congresista destacó que la idea del Registro de Deudores Alimentarios Morosos (Redam) es que haya “consecuencias para el que no está cumpliendo”, pero advirtió que este solo procederá una vez un juez ha determinado la cuantía de la obligación que le corresponde aportar a un padre o madre, según el caso.
Las consecuencias de ser reportado pueden ser variadas. Martínez señaló que el deudor no podrá contratar con el Estado y también se le impedirá salir del país. “Si debe hacer el viaje al exterior, póngase al día con sus hijos y ahí puede hacer el viaje”, expresó.
Respecto a esto último, la parlamentaria destacó que si un padre o una madre quiere sacar a su hijo del país se requiere autorización del otro progenitor, requisito que se podría convertir en instrumento de presión si existía una deuda. El moroso podía ejercer chantaje para otorgar el permiso si se le condonaba su deuda, por lo que la nueva medida ahora eliminará ese requisito si el deudor está reportado.
Un reporte en el Redam también acarreará consecuencias parecidas al Datacrédito real, aunque Martínez señaló que la Corte había modificado algunas de estas. Por ejemplo, se contemplaba que las entidades financieras descontaran las cuotas adeudadas a la hora de desembolsarle un posible crédito a un padre o madre moroso.
Sin embargo, esto fue eliminado por el alto tribunal, aunque lo que quedó fue que la entidad sí deberá revisar el registro e interpretar la deuda alimentaria como un factor de riesgo.
También se quería incluir una medida parecida al vender o comprar un bien, haciendo que al llegar a una notaría el notario verificara si estaba reportado y si lo encontraba allí debía cobrarle lo adeudado como un adicional a los gastos notariales.
Esto tampoco se aceptó porque los notarios son particulares y no pueden ejercer esa labor judicial. Lo que sí quedó aprobado es que el monto de la deuda quede anotado en la escritura o en el registro, de manera que el padre o madre que tiene la custodia pueda perseguir esos bienes o demostrar el ingreso del deudor a la hora de reclamarle el pago.
Una consecuencia más, que podría ser la de mayor impacto para muchos deudores, es que al cumplir 18 años o culminar estudios ya no cesará la obligación de responder, como sucede hasta ahora. Con la nueva ley se podrá hacer un cobro retroactivo de deudas por alimentos, “sin importar que el hijo tenga 30 o 35 años”, detalló la senadora.
¿Cómo reportar a un padre o madre deudor en el Redam, el nuevo ‘datacrédito’ para deudores alimentarios?
La congresista señaló que cuando se complete la deuda de 3 cuotas, no necesariamente consecutiva, se deberá acudir al juez con el que se concertó el monto de la cuota para denunciar el incumplimiento.
El juez deberá notificar al deudor, que tiene la posibilidad de demostrar lo contrario en caso de que sea así, pero también tendrá 5 días para pagar antes de que se haga efectivo el reporte.
¿Qué pasa si la persona incumple por física imposibilidad al no tener los medios para responder? Martínez señaló que también se deberá acudir al juez que determinó el monto para exponer su caso y volver a buscar una conciliación.