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Alivios de entidades financieras a deudores de créditos se prolongarán hasta diciembre

 

Los periodos de gracia y prórrogas para pagar obligaciones durante la pandemia vencen el 31 de julio, pero un nuevo programa los mantendrá el resto del año.

 

Se trata del Programa de Acompañamiento a Deudores (PAD), lanzado este miércoles por la Superintendencia Financiera, entidad que explicó que fue creado para “aplicar medidas focalizadas y estructurales para los deudores afectados por la coyuntura del COVID-19”.

Bancos, compañías de financiamiento, corporaciones financieras y cooperativas financieras vigiladas por la Superintendencia son las que están autorizadas para aplicar los alivios, que deberán tener tres características:

  • Otorgar como mínimo la “reducción en el valor de la cuota.
  • No se podrá aumentar la tasa de interés inicialmente pactada.
  • Podrán otorgarse nuevos períodos de gracia sin la posibilidad de capitalización de intereses y sin cobrar intereses por otros conceptos que se difieran como cuotas de manejo y seguros”.

“Para aplicar la redefinición de las condiciones de los créditos, los establecimientos de crédito podrán establecer una estrategia de autogestión del deudor y/o contactarlo directamente para presentarle, de forma sencilla, las nuevas condiciones de su deuda para su aceptación”, indica la Superfinanciera.

Sin embargo, no todos los deudores podrían verse cobijados por las medidas esta vez. La Superintendencia determinó que deberán ser elegidos “de acuerdo con el análisis que realice cada entidad” para determinar si el deudor podrá “continuar con la atención de las obligaciones existentes durante la vida del crédito”.

De acordar la aplicación de uno de estos alivios con su entidad financiera, esta comenzará a aplicarse a partir del 1 de agosto. Asimismo, las entidades financieras deberán tomar medidas que anticipen posibles “riesgos de incumplimiento potencial” para el resto del 2020 y el 2021.