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A partir del 1 de enero los colombianos tendrán nuevos impuestos por la Ley de Financiamiento

La Ley de Financiamiento tuvo esta mañana luz verde en el Congreso y ahora pasará a sanción presidencial, con lo cual a partir del 1.° de enero próximo, el país estrenará nuevos cambios en su Estatuto Tributario.

Las discusiones tuvieron tanto de largo como de ancho, e incluso generaron polémica anoche, por cuenta del artículo que gravará todos los inmuebles del territorio (con algunas excepciones) con un impuesto al consumo de 2 por ciento. La cuestión es que este punto venía en el articulado de este modo, pero a última hora se incluyó una modificación por parte del partido Colombia Justa Libres.

 

El senador John Milton Rodríguez, quien también es pastor, aseguró que la disposición pone como exentas de este tributo las compras que se hagan por parte de instituciones públicas o entidades sin ánimo de lucro, grupo que incluye -entre otras- iglesias, fundaciones, cooperativas, fondos de empleados, y cultos y religiones.

El primero en reaccionar anoche fue el senador y excandidato presidencial, Gustavo Petro, quien afirmó que «por qué el Estado renuncia a cobrar impuestos cuando estas actividades son rentables (…); las organizaciones alrededor de las creencias tienen deberes con la sociedad y el Estado, y ahora eso se no se acepta, simplemente porque se necesitan unos votos».

De esta forma, todos aquellas entidades sin ánimo de lucro que estén certificadas por la Dian (que son algo más de 25.000, después de la ‘peluqueada’ hecha en los últimos años) tendrán esta exención. Sin embargo, el pago del 2 por ciento así aplicará para todas las viviendas, oficinas, bodegas, locales y demás inmuebles, ya sean nuevas o usadas, cuyo valor sea de al menos 918 millones de pesos.

Entrará en vigencia el 1 de enero

La ley de financiamiento del gobierno de Iván Duque fue aprobada por la plenaria de la Cámara de Representantes, tal como llegó del Senado, que la avaló en la noche de este martes. La cámara baja, con 97 votos a favor y 51 votos en contra, acogió el texto en su integridad.

Esta ley, que tendrá vigencia desde el primero de enero, no requerirá de conciliación debido a la forma en que fue aprobada.

Con este nuevo instrumento legal, el Gobierno aspira a recoger alrededor de 7,3 billones de pesos para cubrir parte del faltante fiscal, que calcula en cerca de 14 billones.

En la cámara alta, en total, se aprobaron 124 artículos , los 112 originales de la ponencia más 12 nuevos que fueron incluidos.

Entre los artículos aprobados está la renta para personas naturales, y el impuesto a los dividendos, las nuevas cédulas para la tributación y el impuesto al patrimonio.

Las personas naturales que hoy no declaran renta seguirán en esa situación. Quienes delcaran y no tiene ingresos superiores a los 33 millones de pesos mensuales seguirán con las mismas tarifas.

En cambio, quienes superen ese monto tendrán tarifas, de acuerdo al nivel de ingresos, de 35, 37 y 39 por ciento.

El impuesto al patrimonio vuelve y juega con esta reforma. Se aplicará a personas naturales con más de 5.000 millones de pesos en bienes y capitales. La tarifa será del uno por ciento durante los próximos tres años.

Se aprobó  también una sobretasa transitoria al sistema financiero del país:  el próximo año pagarían 4 puntos por encima de lo  las demás empresas, es decir, quedarían pagando lo mismo que este año: 37 por ciento. En el 2020 pagarían 35 por ciento y el 2021 , 34 por ciento. La sobretasa solo estaría vigente durante estos tres años.

También se aprobó el artículo que penaliza a los evasores de impuestos. El director de la Dian, José Romero Tarazona, dijo que estos delitos fiscales deben castigarse, por cuanto se están apropiando de dineros que le pertenecen al fisco.

El artículo sobre el tema sanciona con cárcel entre 48 y 108 meses a los contribuyentes que omitan activos o presenten un menor valor de estos hasta por 5.000 salarios mínimo mensuales (hoy 3.906 millones de pesos), así como para los que declaren pasivos inexistentes hasta por este valor.

Para los contratistas se mantiene como está el pago de IVA hasta hoy. Sigue en.
en 3.500 unidades de valor tributario -cerca de 120 millones de pesos de ingreso anual en el 2019- el piso a partir del cual los contratos de prestación de servicios deben facturar el IVA.

Habrá un régimen de transición de 2 meses para la implementación del IVA plurifásico para bebidas azucaradas y cervezas. Con este tributo se esperan 910.000 millones de pesos de recaudo.

La nueva ley ordena crear una comisión que estudiará desde los puntos de vista financiero, técnico y legal todo lo que tiene que ver con las zonas francas, con el fin de revisar la efectividad de las ventajas tributarias que hoy tienen

Se establece el agente retenedor para recaudar impuesto en plataformas de ‘webcam’ para que puedan pagar.

Quedaron excluidos de la obligatoriedad de declarar como contribuyentes los organismos de acción comunal.

Se deja establecido a nivel general el timbre de salida del país para vuelos internacionales a la misma tarifa de hoy, 15 dólares. Pero un dólar de ese monto tendrá una destinación específica: el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF). Esto, con el fin de que fortalezca su acción en la lucha contra la pornografía y en la protección a los niños. El recaudo anual sería de 50.000 millones de pesos,

Se mantienen las condiciones de la norma tributaria actual para el etanol.

ElTiempo.com